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Pancho Sandoval

Nacional

EN CDMX, AMENAZAR POR REDES SOCIALES O TELÉFONO PODRÍA SANCIONARSE CON PRISIÓN

El diputado José de Jesús Martín del Campo explicó que del 2015 al 2020 se iniciaron más de 44 mil carpetas de investigación sobre el delito.

Las amenazas a través de redes sociales, mensajes escritos o impresos y vía telefónica en la Ciudad de México, podrían sancionarse con una pena de seis meses a dos años de prisión y una multa económica de hasta 62 mil 553 pesos, de acuerdo con la propuesta presentada por el diputado capitalino, José de Jesús Martín del Campo.

El legislador independiente presentó la iniciativa ante el Congreso de la Ciudad de México y explicó que la propuesta busca combatir este tipo de violencia, que aparentemente atraviesa por “un proceso en el que cada vez se normaliza más”.

“No hay que desconocer que los medios digitales y de información, redes sociales y tecnologías de la información constituyen un medio idóneo para la realización de conductas calificadas como ilícitas, lo que ha permitido, que exista un discurso de odio y vulneración a la tranquilidad de las personas”, dijo.

 Durante la sesión ordinaria virtual, el legislador añadió que este tipo de violencia digital debe detenerse y es que una vez realizada la conducta de amenaza esta quede plasmada en medios digitales, al ser publicada y muchas veces difundida.

Refirió que, de acuerdo a datos de las autoridades de la Ciudad de México, en la capital del país las amenazas son uno de los seis delitos que en los últimos años cuenta con un mayor número de denuncias, pues del 2015 al 2020 se iniciaron más de 44 mil carpetas de investigación sobre el tema. “La gravedad de lo anterior es mayor al caso tradicional de amenaza, pues este supuesto configura el hecho de intencionalidad de lo proferido más allá del momento coyuntural de la discusión o pleito”, comentó.

¿Qué cambaría en la ley? Esta propuesta busca adicionar un párrafo segundo al artículo 209 del Código Penal de la Ciudad de México.

 “La pena se agravará al doble si la conducta a que se refiere este artículo se realiza por medios escritos o impresos, vía telefónica, correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación electrónica”, así quedaría establecido en la ley. Actualmente por el delito de amenaza se imponen de tres a un año de prisión, así como hasta 31 mil 276 pesos de multa

Fuente: MILENIO

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